Ortoescritura

Por Rafael Peralta Romero

Un debate: ¿concejo municipal o consejo municipal?

Esta columna ya ha opinado sobre esto. Nuestra posición es simple: el gobierno de un municipio se denomina “concejo” y es redundante agregarle el adjetivo “municipal” o la expresión “de regidores”. Pero la Fundéu- Guzmán Ariza, institución que vela por el buen uso del idioma español,  ha recomendado  el uso de “Concejo de regidores” frente a “Consejo de regidores”. El escritor Sélvido Candelaria ha refutado  esa recomendación.

Fundéu-Guzmán Ariza  escribió lo siguiente:

«Concejo de regidores», mejor que «consejo de regidores»

Concejo, con c y no con s, es la forma apropiada de referirse a la reunión del órgano colegiado de gobierno de un ayuntamiento.

Algunos medios de comunicación dominicanos suelen emplear la grafía con ese en frases como «Más adelante se involucró en política, ligada al PRSC, y a raíz de la firma del Frente Patriótico alcanzó una curul en el Consejo de Regidores del ADN», «El Consejo de Regidores del ayuntamiento del Distrito Nacional otorgó un reconocimiento al alcalde David Collado» o «El Consejo de Regidores de la Alcaldía de Santo Domingo Este está dirigido por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y aliados».

El sustantivo concejo procede del latín concilium (‘reunión o asamblea’) y, según lo define el Diccionario de la lengua española, equivale a ‘ayuntamiento o corporación municipal’, ‘municipio’ y, también, ‘sesión celebrada por los individuos de un concejo’.

El Diccionario panhispánico de dudas recomienda no confundirlo con consejo (del latín consilium: ‘órgano consultivo y deliberativo’) que designa el ‘órgano colegiado con la función de asesorar, de administrar o de dirigir una entidad’ (consejo económico, consejo asesor) y ‘reunión de los miembros de un consejo’: «La decisión se tomó en el último consejo de administración».

Por otro lado, tanto ayuntamiento como cabildo, alcaldía, municipio, concejo, regidor, alcalde, concejal… son sustantivos comunes que solo se escriben con mayúscula inicial cuando forman parte de la denominación completa de un edificio público o de un organismo en concreto: «Los bloques políticos integrantes del concejo municipal tendrán derecho a participar en los órganos complementarios del ayuntamiento que…», «Las iniciativas de modificación de la estructura organizativa deberán ser presentadas al concejo de regidores para su aprobación», «Ayuntamiento del Distrito Nacional», «Concejo de Regidores del Ayuntamiento de Santo Domingo Norte».

Candelaria

Candelaria dirigió a Fundéu-Guzmán Ariza la siguiente comunicación:

Recibo con mucho gusto y agradecimiento sus notas sobre el buen uso del idioma. Hasta ahora, he encontrado muy provechosas las observaciones que me han llegado por esta vía. Pero no creo que la contenida en este correo que respondo sea muy adecuada, pues con ella se está incentivando el uso de un pleonasmo, vicio que es altamente criticado cuando se trata de dar limpieza y esplendor a la lengua.

La palabra concejo, por sí sola, se basta para indicar el conjunto de regidores de un ayuntamiento. Por tanto no hay que agregarle más nada para que se entienda su significado.

Por otro lado, en un ayuntamiento, es posible que funcione un consejo. No se comete ninguna falta cuando se dice, por ejemplo, «el consejo de regidores para la seguridad del Distrito Nacional», si en el concejo de esa demarcación geográfica, existe un grupo de sus miembros designados para que estudien y decidan sobre las medidas de seguridad que deban presentarse al pleno para ser aprobadas. En otras palabras, las comisiones designadas en los diferentes ayuntamientos para estudiar, debatir y recomendar sobre casos y temas particulares, con el fin de agilizar los trabajos de esas corporaciones, pueden ser llamados consejos sin ningún desmedro del buen decir o escribir. Con mis respetos por su loable labor,

Sélvido Candelaria

Echaron la Constitución a pelear con la  gramática

En la entrega del pasado  domingo incluimos el mini debate respecto a la palabra “concejo” (gobierno municipal)  a propósito de una recomendación difundida  por la Fundéu- Guzmán Ariza, una institución  que vela por el buen uso del español en los medios de comunicación. La propuesta de Fundéu se resume en: «concejo de regidores», mejor que «consejo de regidores». El escritor Sélvido Candelaria, miembro correspondiente de la Academia Dominicana de la Lengua, disiente de este consejo  señalando que: “La palabra concejo, por sí sola, se basta para indicar el conjunto de regidores de un ayuntamiento. Por tanto no hay que agregarle más nada para que se entienda su significado”.

Mi apreciación, expresada antes en esta columna,  concuerda con la de Candelaria. Los argumentos son los siguientes:

Con la voz concejo (con c) se nombra al ayuntamiento o corporación municipal. El Diccionario de la lengua española  la define así:

“concejo. Del lat. concilium. 1. m. casa consistorial.2. m. ayuntamiento (‖ corporación municipal). 3. m. municipio. 4. m. Sesión celebrada por los individuos de un concejo.

El Panhispánico de dudas, otro diccionario  editado por  la  Asociación de  Academias de la Lengua Española, especifica que concejo “procede del latín concilium  (reunión o asamblea), y no debe confundirse con consejo (órgano para asesorar o tomar decisiones). Los miembros de un concejo son concejales; los de un consejo, consejeros”.

El vocablo /consejo/ (con s) procede del latín  consilium. Significa: “1. m. Opinión que se expresa para orientar una actuación de una determinada manera. 2. m. Órgano colegiado con la función de asesorar, de administrar o de dirigir una entidad. Consejo económico y social, escolar.3. m. Reunión de los miembros de un consejo. La decisión se tomó en el último consejo de administración”.

Las empresas organizadas son regidas por un consejo de administración, las universidades tienen su consejo académico o consejo universitario (caso de la UASD), el Poder Judicial  cuenta con un órgano superior que es el Consejo del Poder Judicial y la contraparte, el Ministerio Público, es regida por el Consejo Superior del Ministerio Público.

El Poder Ejecutivo, con todo y lo unipersonal que se muestra, somete propuestas y  escucha planteamientos del Consejo de Ministros, instituido por el artículo 137 de la Constitución. Antes se llamó Consejo de Gobierno.

Vista la segunda acepción de la palabra consejo (órgano colegiado con la función de asesorar, de administrar o de dirigir una entidad) resulta fácil  inferir que  el ente colegiado con función  normativa, reglamentaria y de fiscalización integrado por los regidores sea un consejo, que lo es. Los  regidores constituyen el Consejo Municipal.

El Consejo Municipal y la Alcaldía, el órgano el ejecutivo,  son las dos columnas del Concejo (gobierno municipal, con c). Esta última palabra  no requiere ni soporta  el adjetivo  “municipal” ni el sintagma adjetival “de regidores”. Basta con la voz Concejo. De ahí que  se aconseje (de consejo) no emplear expresiones como las siguientes:

1-Concejo de regidores del ayuntamiento de Santiago estará presidido por  Héctor Martínez.                                              2- Escogen bufete directivo Concejo Municipal de…

3-Fulano Tal  es el nuevo presidente del Concejo de Regidores de…

Menos aconsejable es que tal uso se inscriba en un documento oficial como lo es el acta  de sesiones de un ayuntamiento: “El secretario del Concejo Municipal del honorable Ayuntamiento Municipal de Santiago certifica elección del bufete….”

¿Quién ha sido el responsable de introducir  en el léxico edilicio  la locución redundante “concejo de regidores”? Nada menos que la Ley Suprema, hecha por hombres y mujeres pasibles de equivocarse, sobre todo si no piden consejo. El artículo 201 reza de este modo:

“El gobierno del Distrito Nacional y el de los municipios estarán cada uno a cargo del ayuntamiento, constituido por dos órganos complementarios entre sí, el Concejo de Regidores y la Alcaldía. El Concejo de Regidores es un órgano exclusivamente normativo, reglamentario…”.

Ahí está el maco. El Concejo es el gobierno municipal. En el Concejo caben el Consejo de Regidores y la Alcaldía.

Variaciones semánticas  del verbo arreglar

El pasado martes (15-10-19) El Nacional publicó en su portada la foto de un vendedor  de frutas  captado en el momento que componía la mercancía en su escaparate callejero. Arreglando la venta, fue titulado el pie informativo.  “José Marcial Reyes  arregla sobre su triciclo las fruta para hacerlas más atractivas…”.

Este uso del verbo /arreglar/ está conforme al significado que le atribuye el Diccionario de la lengua española. Les transcribo tres de sus cinco  acepciones: 1. tr. Reducir o sujetar a regla, ajustar, conformar. U. t. c. prnl. 2. tr. Componer, ordenar, concertar. 3. tr. Acicalar, engalanar. U. t. c. prnl.

Fíjese en la segunda definición, eso es lo que hacía el frutero: componer, ordenar, concertar.

En el habla dominicana, el uso más generalizado de arreglar lo hace sinónimo de reparar, que no hay dudas  consiste en  corregir fallas en objetos, aparatos o máquinas. El arreglar incluye, además, situaciones, documentos, amores, alimentos,  indumentarias.

Mire estos ejemplos:

  • Mi reloj se está atrasando, tengo que llevarlo a arreglar
  • La estufa tiene un escape de gas, pero me quieren cobrar tres mil por arreglarla.
  • Se me dañó la nevera y no sé cuándo podré arreglarla.
  • El carro me presentó problemas pero ya fue arreglado.
  • El sastre me hizo mal el traje, y ahora dice que eso no tiene arreglo.
  • A esa televisión se le mete un ruido y no hay forma de arreglarla.
  • Estos zapatos están enteros, solo hay que llevarlos a arreglar.
  • Con el sueldo trece pienso hacerle un arreglito a la casa.
  • El celular se quedó sin servicio, pero la compañía ya me lo arregló.
  • Arréglate la corbata que la tienes hacia un lado.
  • Ya casi voy, solo tengo que arreglarme el pelo.
  • Lo que pasa es que el documento tiene un error, el abogado dijo que lo está arreglando.
  • Hablé con la persona y me dijo que lo tuyo está prácticamente arreglado.
  • Eso hay que arreglarlo antes de 2020…bueno.
  • Ellos se habían separado, pero ya se arreglaron.

Arreglar tiene algunas connotaciones de carácter sexual, por ejemplo dar  atención sexual, sobre todo un hombre a una mujer, es arreglarla: Salimos hace unos días y la arreglé.

Pegarle a alguien, en una riña: Se puso conmigo y lo arreglé.  Por igual, padres y madres, cuando todavía el castigo es amenaza: No te apures, yo te arreglo.

También se  arreglan las cuentas: se arregla la cuenta en el colmado, la farmacia, el casero o cualquiera  que le haya ofrecido crédito a alguien. Pero el momento crucial de arreglar la cuenta ocurre en bares y restaurantes cuando algunos vividores escapan o se declaran insolventes al momento de llegar la nota final de consumo. El más responsable no puede ir sin arreglar la cuenta.

Para el Diccionario académico,  arreglar no es sinónimo de reparar, sino de  componer, ordenar, concertar. Veamos estos tres vocablos, de acuerdo al DLE.

Componer. Tiene  17 acepciones. Sólo la quinta guarda semejanza con reparar: 5. tr. Ordenar, concertar o reparar lo desordenado, descompuesto o roto.

Ordenar. Tiene cinco acepciones de las cuales copio la tres primeras:  1. tr. Colocar algo o a alguien de acuerdo con un plan o de modo conveniente. Ordena los recibos por fecha. 2. tr. Encaminar y dirigir algo a un fin. Ordenó su actuación a mejorar las condiciones de trabajo. 3. tr. Mandar, imponer, dar orden de algo. Le ordena seguir adelante.

Concertar.  De diez acepciones, solo la primera menciona el verbo arreglar, es decir que la concertación incluye arreglo: 1. tr. Componer, ordenar o arreglar las partes de una cosa, o varias cosas.

Para justificación del habla dominicana, el vocablo reparar es definido así: 1. tr. Arreglar algo que está roto o estropeado.

La  “penca” broma en torno al “penco” candidato

Tan importante es el significado con el que un vocablo haya sido incorporado al Diccionario como el que le otorgue una determinada comunidad de hablantes.  De hecho, las palabras se recogen  en el catálogo lexicográfico de una lengua por  la frecuencia en el uso  que se haga de ella.

De ahí que las palabras  puedan tener más de un significado (polisemia) o que  una palabra  se pronuncia y escribe  como otra, pero tiene diferentes origen  y  un valor semántico muy distante (homonimia) como ocurre con  vino (forma del verbo venir) y vino (bebida obtenida del zumo de la uva).

El fenómeno de la  polisemia (de «poli-«, muchos, y el griego «sema», significado), ha sido tratado otras veces en esta columna, hoy solo nos enfocaremos en resaltar el contexto  en el que se emplee un término que presenta varias acepciones.

En la mayoría de las palabras polisémicas debe predominar el contexto lingüístico. Ejemplos: 1) Compró una caja de galletas; le dieron una galleta que reguiló como un trompo. 2) Tomó la foto con una cámara moderna; se retiró a su cámara privada.

La situación  en la que se pronuncia un vocablo  puede conducir a una variación  o intensificación del significado. No será  lo mismo el “¿Por qué no te callas?”,  dicho por el rey de España a Hugo Chávez, entonces presidente de Venezuela, que el “cállate, cállate, cállate” que cantaba –y canta- Rocío Jurado. ¿Qué hombre no quisiera ser mandado a callar de este modo: Si amanece y ves/ que estoy dormida/ cállate, cállate, cállate/ déjame soñar con tus caricias / y cállate, cállate, cállate.

La  sintonía con la  intención de quien habla es  indispensable para captar el sentido de lo dicho. Incluso la  expresión altisonante “Cállate, coño”, varía el sentido de acuerdo al contexto situacional.

Un penco de…

Gran alboroto mediático le han armado al presidente Danilo Medina por referirse al señor  Gonzalo Castillo como “un penco de candidato presidencial”. Esta palabra aparece en el Diccionario de la lengua española, publicación de la Real Academia Española y de la Asociación de Academias de la Lengua Española con diez acepciones, ninguna de las cuales  coincide con la intención del hablante Medina.

A continuación  reproduzco algunas: 1. m. Caballo flaco o matalón. 2. m. Persona rústica o tosca.3. m. Persona inútil.4. m. Can. Prostituta. 5. m. And., Bol., Cuba, Ec. y R. Dom. Penca de ciertas plantas.6. m. And., Can., Cuba, Hond. y Méx. Persona despreciable.

Es evidente que la intención del mandatario no era comparar a su candidato con un caballo flaco, lleno de mataduras ni  tampoco  quiso decirle “persona rústica o tosca”.

Medina  habló el pasado lunes (21 de octubre 2019)  en un acto político del PLD y en  su ponderación  del señor Castillo dijo: “Como diría el compañero Lidio Cadet, Gonzalo es un penco de candidato”.

“Penco de… “es una locución propia del habla dominicana empleada para destacar el tamaño de una cosa. El Diccionario del español dominicano, obra de la Academia Dominicana de la Lengua,  ha incorporado el vocablo con el siguiente significado:

“Penco m. pedazo de gran tamaño. Rur.pop. col. –un penco de: loc. adj. Referido a  persona, de gran tamaño. Pop. col. Es un penco de muchacho que solo tiene doce años”.

Las abreviaturas constituyen un código. Veamos: loc. (locución), adj: adjetiva.  rur “uso propio y exclusivo del ámbito rural”.  Pop: “Nivel sociocultural bajo”. Col.:”Uso reservado a un contexto comunicativo espontáneo”.

Cuando se habla o se oye, se lee o se escribe, conviene tomar en cuenta  el contexto en el que se hace. Esto, en favor de la comprensión.

 

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