Zapatear/zapatazo, gentrificación, astreinte

Por Roberto E. Guzmán

ZAPATEAR – ZAPATAZO

El verbo zapatear mantiene una acepción de uso en el español de los hablantes dominicanos que se relaciona con los significados del verbo zapatear de la manera en que este es conocido por la mayoría de los hablantes de español.

El verbo zapatear en las acepciones correspondientes a la marinería, la esgrima, la cacería y, las personas con los pies calzados, lleva o utiliza en esas definiciones el verbo golpear o el nombre golpe, ya sea esto de modo expreso o sobreentendido.

De allí es de donde los dominicanos han creado un zapatazo que se utiliza en un caso concreto. Este zapatazo dominicano se refiere a la sensación que experimenta un tomador de bebida alcohólica fuerte cuando la ingiere y esta llega y golpea el estómago. Del mismo modo en sentido figurado puede referirse también a la sensación que siente ese sujeto cuando los efectos del alcohol comienzan a afectar el cerebro.

De la forma en que se ha explicado la acepción de este zapatazo, en realidad no hay golpe, pero sí hay una sensación y un efecto que produce la bebida alcohólica en quien la bebe, de allí que la identifiquen con el golpe o ruido del zapatazo material reconocido en el español internacional.

Ah, vale aquí que se recuerde que este zapatazo no ha sido reconocido en los diccionarios de dominicanismos producidos hasta esta fecha. Se confía en que después de documentarlo del modo en que se ha hecho aquí este no pasará inadvertido en el futuro.

 

GENTRIFICACIÓN

“. . .que es la GENTRIFICACIÓN de la zona restaurada. . .”

La voz del título llama la atención porque las primeras letras así juntas –gentri– no evocan idea alguna en el español tradicional. Las tres primeras letras –gen– sí guardan relación con el latín precursor del español actual.

La voz del título procede del inglés, lengua en la que se utiliza sobre todo en asuntos relacionados con el urbanismo. Como es un fenómeno que ocurre en ciudades de casi todo el mundo es natural que a falta de una palabra patrimonial, las diferentes lenguas de los países donde se produce el fenómeno hayan recurrido a adoptar o adaptar la voz gentrification del inglés.

La nueva voz que ha incursionado en el español común ha adquirido tanta importancia que una institución asesorada por la Real Academia de la Lengua Española le ha dedicado un espacio importante a la voz estudiada.

Lo primero que hace esa institución es asegurar que gentrificación es un neologismo válido; esto así porque “es una adaptación adecuada al español del inglés gentrification”.

El Merriam-Webster´s Dictionary define este fenómeno con las siguientes palabras, que traducidas al español terminan de este modo, “proceso de renovación y reconstrucción que acompaña al influjo de personas pudientes y de clase media en un área en deterioro, que a menudo desplaza a los generalmente más pobres residentes anteriores”. (Traducción RG).

La palabra gentrification apareció en inglés en el año 1977, según el mencionado diccionario, formada sobre el inglés gentrify. Este verbo indica “aumento del valor de los bienes raíces en un barrio al convertir un área pobre en una de viviendas más caras”. El verbo se documentó en inglés en el año 1973.

El verbo en sí mismo deriva de gentry que es de larga data en inglés, 1303, que a su vez tiene relación con el viejo francés. Chambers Dictionary of Etymology (2015:428). En italiano han integrado la voz gentry a su uso como palabra extranjera para mencionar a la pequeña nobleza inglesa propietaria de tierras. Dizionario delle parole straniere (1999:112).

Elisenda Bernal, de la Universitat Pompeu Fabra en un estudio publicado en Martes Neológico asegura que el término gentrificación se debe a la socióloga británica Ruth Glass que así bautizó en 1964 al “proceso de transformación de un espacio urbano deteriorado o devaluado a partir de la reconstrucción o rehabilitación de edificios”. Esa investigadora acota que la entrada en español se documentó en el año 2004.

Cuando en español se admite un neologismo es para evitar tener que recurrir a una perífrasis. El mundo moderno está en constante mutación y esos cambios se reflejan en el léxico. El fenómeno a que se aludió con la voz analizada, si bien recibió su reconocimiento en inglés, lengua que lo denominó, es un proceso que se repite en otras sociedades y, que en consecuencia, necesita de un nombre. La palabra del título dejará de ser un neologismo cuando los hablantes no se sorprendan al oír o leer esa palabra.

De acuerdo con Fundéu BBVA, a la que se aludió antes aunque no se nombró, en español existen otros vocablos propuestos para denominar el procedimiento a que se contrae la gentrification, *elitización residencial es una de ellas, con el inconveniente de que “elitización” no es una palabra integrada todavía al repertorio reconocido de la lengua española, pero puede argüirse que también es un neologismo válido.

 

ASTREINTE

“. . .también se impuso un ASTREINTE de RD$ 5 mil pesos por cada día de retardo. . .”

La voz que aparece resaltada en la cita es probable que produzca muchas preguntas en las mentes de los lectores de español dominicano. En el texto reproducido puede deducirse el significado de esta gracias al entorno en que se encuentra.

La voz pertenece al ámbito jurídico dominicano que la tomó en préstamo hace largo tiempo del francés jurídico. Esta voz se repite en las aulas de derecho, en los tribunales y en los escritos de los abogados y entendidos en esta materia.

Parece que existe una relación o inclinación de afecto de parte de los juristas dominicanos con respecto de esta voz que no les permite renunciar al uso de ella. Se piensa que al contrario de lo que piensan muchas personas, en español existen palabras de buena solera que pueden desempeñar las funciones de este galicismo.

La astreinte es una condena pecuniaria pronunciada a título conminatorio, a razón de tanto por día o mes de retardo contra el deudor de una obligación de hacer o, en algunos casos, de una obligación de dar, para constreñirlos a cumplir. Petit Dictionnaire de Droit (1951:143) Obra publicada por la Editorial Dalloz. Hay que consignar que lo traducido es solo una parte de las explicaciones que trae ese diccionario; eso solo constituye el meollo de las características. (Traducción RG).

En el Petit Robert aparece la voz del francés definida, “Condena al pago de cierta suma de dinero por cada día de retardo en la ejecución de un acto ordenado por una jurisdicción civil”. (2007:164). (Traducción RG).

El galicismo deriva del verbo francés astreindre que puede traducirse por “constreñir, obligar”. De aquí puede que la astreinte , que es el participio pasado sustantivado desde el año 1875 con el significado de “condena pecuniaria que debe pagarse por un retardo”, sea una obligación.

No hay lugar a mostrar sorpresa que en el argot jurídico dominicano permanezcan muchas voces del francés si se tiene en cuenta que durante largos años los tribunales se rigieron por traducciones (no siempre felices) de códigos franceses.

© 2018, Roberto E. Guzmán

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