El punto y coma

El punto y coma (;) es la cenicienta de los signos de puntuación: aun quienes lo saben usar lo usan poco. Se atribuye su inserción dentro del sistema de puntuación moderno a Aldo Manuzio (1449/50-1515), humanista e impresor italiano, creador de la tipografía o letra itálica. De Italia, donde se conocía como semicolon, el punto y coma  pasó al resto de Europa. A España llegó en 1606 con el nombre de colon imperfecto –al punto se le llamaba colon en esos tiempos–. La implantación del punto y coma en la puntuación española  fue lenta, en  razón de que sus usos duplicaban los que tenían entonces los dos puntos (:).Como su nombre lo indica, el punto y coma comparte la función de signo delimitador de unidades lingüísticas básicas con el punto y la coma. Normalmente, se dice que la separación que produce el punto y coma es mayor que el de la coma, pero menor que el del punto, aunque muchas veces se hace difícil percibir la diferencia. Ahí, precisamente, radica la razón de su poca utilización: al cumplir una función intermedia entre la coma y el punto, se opta por usar esos dos signos de puntuación en lugar del punto y coma.

No obstante su situación intermedia, un tanto imprecisa, el punto y coma no es un signo de puntuación del cual se pueda prescindir. Al contrario, desempeña funciones particulares de gran valor en el sistema de puntuación del español, utilizándose como jerarquizador de la información en enumeraciones complejas y como indicador de la vinculación semántica que el escritor establece entre las unidades lingüísticas. De ahí se derivan sus usos principales, que son los siguientes.

1.    El punto y coma sirve para delimitar las partes de un enunciado en el que hay varias comas.

Cuando dentro de una estructura donde normalmente se usan comas son introducidos otros elementos que también la usan, las comas se transforman en punto y coma para resaltar la organización del texto y hacerlo más comprensible. Ejemplos:

Preámbulo de la Constitución dominicana: Nosotros, representantes del pueblo dominicano, libre y democráticamente elegidos, reunidos en Asamblea Nacional Revisora; invocando el nombre de Dios; guiados por el ideario de nuestros Padres de la Patria, Juan Pablo Duarte, Matías Ramón Mella y Francisco del Rosario Sánchez, y de los próceres de la Restauración de establecer una República libre, independiente, soberana y democrática; inspirados en los ejemplos de luchas y sacrificios de nuestros héroes y heroínas inmortales; estimulados por el trabajo abnegado de nuestros hombres y mujeres; regidos por los valores supremos y los principios fundamentales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, el imperio de la ley, la justicia, la solidaridad, la convivencia fraterna, el bienestar social, el equilibrio ecológico, el progreso y la paz, factores esenciales para la cohesión social…

Art. 222 de la Constitución dominicana: El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país; fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional; incentiva y protege el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y otras formas de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo…

Art. 1251 del Código Civil dominicano: La subrogación tiene lugar de pleno derecho: primero, en provecho del que siendo a la vez acreedor, paga a otro acreedor que es preferido, por razón de sus privilegios e hipotecas; segundo en provecho del adquiriente de un inmueble que emplea el precio de su adquisición, en el pago de los acreedores a quienes estaba hipotecada esta heredad; tercero, en provecho del que, estando obligado con otros o por otros al pago de la deuda, tenía interés en solventarla; cuarto, en provecho del heredero beneficiario que ha pagado de su peculio las deudas de la sucesión.

Cuando se emplea el punto y coma en enunciados como estos, debe hacerse de manera uniforme para separar todos los miembros de dichos enunciados, aunque algunos no contengan coma o sean breves.

2.    Se escribe punto y coma para separar oraciones independientes que conservan una cierta relación. Ejemplos:

Art. 38 de la Constitución dominicana: La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos.

Art. 1165 del Código Civil dominicano: Los contratos no producen efecto sino respecto de las partes contratantes; no perjudican a tercero ni le aprovechan…

Art. 1202 del Código Civil dominicano: La solidaridad no se presume; es preciso que se haya estipulado expresamente…

En estos textos se puede utilizar perfectamente el punto y seguido, pero se perdería la estrecha vinculación entre las oraciones. Se puede incluso usar la coma, pero a riesgo de confusión o de debilitar la relativa independencia de los dos componentes del enunciado. De ahí que resulte más apropiado delimitar claramente el empleo de la coma y del punto y coma, reservando la primera para separar palabras o frases, y el segundo para oraciones completas. Esa era la regla en la escuela primaria dominicana de los años cincuenta, cuando se prohibía tajantemente el uso de la coma para separar dos oraciones, salvo en caso de oraciones supercortas («Entré, lo vi, reí y salí») o de licencia literaria  (por ejemplo, Jorge Luis Borges, en su cuento El Aleph,  encadena con comas 38 oraciones seguidas).

3.    El punto y coma se usa cuando a una oración sigue otra precedida de conjunción, que no tiene perfecto enlace con la anterior. Ejemplos:

Art. 1257 del Código Civil  dominicano: …Los ofrecimientos reales seguidos de una consignación libran al deudor y surten respecto de él efecto de pago, cuando se han hecho válidamente; y la cosa consignada de esta manera, queda bajo la responsabilidad del acreedor.

Art. 102 de la Constitución dominicana: …Si después de esta discusión, las dos terceras partes de los miembros presentes de dicha cámara la aprobaren de nuevo, será remitida a la otra cámara; y si ésta la aprobare por igual mayoría, se considerará definitivamente ley…

Art 404 del Código Penal dominicano: Los agentes de cambio y los corredores que hubieren quebrado se castigarán con la pena de reclusión; y con la de trabajos públicos, si la bancarrota fuere fraudulenta.

4.     Se emplea el punto y coma ante conectores.

Son conectores las palabras o locuciones como  sin embargo, no obstante, pero, en consecuencia, por consiguiente, por tanto, además, asimismo, igualmente, es más, ahora bien, en cambio, aun así, de todos modos, a saber, es decir, en otras palabras, por ejemplo, verbigracia, mejor dicho, en conclusión, a fin de cuentas, a continuación, finalmente, etc., que sirven para conectar las diferentes partes de un enunciado o diferentes enunciados entre sí. Dependiendo de la menor o mayor longitud y complejidad del enunciado, los conectores pueden ir precedidos de coma, punto o punto y coma; e incluso hay casos en que se prescinde de toda puntuación:  “Y sin embargo se mueve”, dijo Galileo.

Transcribimos a continuación dos textos legales que muestran el uso del punto y coma ante conectores:

Art. 66 del Código Penal dominicano: Cuando el acusado sea menor de diez y ocho años, y se considere que ha obrado sin discernimiento, será absuelto; sin embargo, atendidas las circunstancias, será entregado a sus padres o conducido a una casa de corrección…

Art. 1201 del Código Civil dominicano: La obligación puede ser solidaria, aunque uno de los deudores esté obligado de una manera distinta que el otro, al pago de la misma cosa; por ejemplo, si el uno no está obligado sino condicionalmente, mientras que el compromiso del otro es puro y simple; o si el uno tiene un término que no le ha sido concedido al otro.

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