REALIZAR

“Cuando REALIZAMOS que estamos en el lugar que debemos estar y que somos maravillosos por todas las lecciones aprendidas y enseñadas. . .”

Sin duda alguna en esta sección el tema es acerca del verbo realizar usado del modo en que lo hace la columnista. Mediante el examen que se hará en esta sección se demostrará que es una utilización impropia y se expondrá el origen del error.

Hay que tener en cuenta que los reparos que se hacen a la utilización de las palabras mediante estos comentarios se refieren de modo exclusivo al idioma escrito que es más normado que el oral.

La norma es más severa con respecto del lenguaje escrito que del oral. Las libertades son menores en la lengua escrita. La observancia de las reglas impera sobre la lengua escrita con mayor rigor que en el lenguaje oral. Se hace hincapié en este tipo de expresión del español por aquello de que: “Lo escrito, escrito está”. Después de estas observaciones puede pasarse al estudio del asunto de esta sección.

En español el verbo realizar es hacer o llevar a cabo una cosa; convertir un deseo o una idea en realidad; llegar una persona a la plenitud física o moral; vender una cosa a un precio bajo para obtener liquidez y dirigir una película, un documental o un programa de televisión.

Este verbo hace largo tiempo que está causando problemas en español a las personas que leen o hablan inglés. Como es ya normal en el tiempo presente la exposición al contacto con lenguas extranjeras entre hablantes de diferentes idiomas es mucho más frecuente que hace 30 años.

Ya en el año 1971, José Merino en su libro Diccionario de dudas inglés-español recordaba que el verbo to realize del inglés debe tomarse por “darse cuenta”. Sin embargo, apunta el autor del citado libro, “no puede usarse en este sentido con las palabras dream, ambition, hopes”.

De lo anterior se desprende que el verbo en inglés puede también significar en español “comprender, caer en la cuenta, reconocer, saber, entender.” No hay que olvidar que “darse cuenta de” vale por “comprender o conocer algo que antes no se había percibido”. Con los verbos mencionados por Merino se permanece en los límites del español cuando se emplean compuestos tales como “hacer realidad, producir” si antes de ellos se encuentran dream, ambition, hopes. Hay casos en los cuales se expresa mejor la idea con “llevar a cabo, creer, imaginar”. No se ofrecen ejemplos para no alargar demasiado la sección.

El mismo problema del español ocurre con el francés, lengua en la cual echan mano de “se rendre compte que o de”, que corresponde exactamente al darse cuenta del español en los casos que se expusieron más arriba. Ha de tenerse en cuenta que la rendición en inglés de lo expresado por los verbos “realizar y réaliser” procede de modo inverso para que se entienda en esa lengua.

Una vez que un verbo evoluciona de una manera desusada el problema se reproduce en varias lenguas. En italiano el verbo realizzare es lograr, desarrollar beneficios, proyectos, sueños, deseos, así como hacer. Para esta lengua hay que tener en cuenta que existen muchos casos en que la traducción del verbo apuntado antes es diferente y eso depende del contexto.

“Cuando nos damos cuenta que estamos en el lugar. . .” Mejor aun hubiese sido escribir “nos damos cuenta de que” pues “darse cuenta de” es la expresión socorrida en español común. Eso es lo que debió escribir la columnista para no abandonar las buenas costumbres de la redacción del español.

CONJUNTAR – JUNTAR

“. . .pero queremos explicar que nuestra meta es tener la mejor atención al pasajero en un aeropuerto como el nuestro donde SE CONJUNTAN 80 nacionalidades en vuelos a todo el mundo. . .”

Para comenzar hay que darse cuenta de que existe una diferencia entre “tener” la mejor atención y “dispensar” la mejor atención. No basta con tenerla, sino con “darla”. Después de salvado el escollo anterior se propone el plan siguiente: mostrar la diferencia que existe entre los dos verbos del título.

Es muy probable que el error en que incurrió la columnista se deba al deseo de embellecer la redacción de su artículo semanal. Con frecuencia acontece que ese afán de ser “fino” empuje al redactor a arriesgarse en “aguas profundas y poco conocidas”.

No es lo mismo juntar que conjuntar. Eso se examinará más adelante. Juntar es poner, reunir o congregar personas, animales o cosas en un mismo lugar. El verbo posee otros significados que no se tocarán aquí porque no viene al caso que se examina aquí.

El verbo conjuntar lleva en sí una intención implícita que está ausente en la acepción de su relacionado “juntar”. Esta intención es la de reunir las partes o elementos de una cosa de modo que se combinen de forma armoniosa. La diferencia está clara en las definiciones.

La armonía que resulta de la acción de juntar las cosas o elementos es la característica principal del verbo conjuntar. Hay que anotar que el verbo conjuntar solo tiene una acepción moderna, al tiempo que juntar cuenta varias por su naturaleza amplia.

La lección que hay que sacar es que en lugar de tratar de embellecer es más importante ser más precisos, exactos, claros. Las palabras mejor conocidas de la mayoría de los hablantes entregan un mensaje que se entiende mejor y más fácilmente.

EFEMÉRIDE – EFEMÉRIDES

“Para celebrar esta EFEMÉRIDE que los británicos llaman Diamond jubilee (Jubileo de Diamante), Londres se viste de gala.”

Hay que hacer la salvedad de que aquí no se critica el uso. Lo que se hace es que se aprovecha la oportunidad que ofrece la palabra utilizada en la cita para volver sobre la pequeña diferencia que existe, a veces, entre las dos voces.

Hay que comenzar por señalar que ha habido una evolución con respecto de los vocablos del título. La rigidez que reinaba antes con respecto de la o las diferencias entre los dos ha ido cediendo con el tiempo y el uso.

Muchos de los hispanohablantes y no poco de los escribientes del español no han podido rememorar oportunamente la diferencia entre uno y otro de los dos términos del título. Como consecuencia de lo anterior, la frontera de la diferencia entre las dos palabras se ha hecho más borrosa. Esta evolución se hará más patente en el desarrollo de esta sección con ayuda de los recursos puestos al alcance de todos por la Real Academia de la Lengua Española.

La efeméride es el acontecimiento y la conmemoración de este. Las efemérides, en plural, es el libro en que se asientan los hechos de cada día. Son los sucesos notables ocurridos en la fecha, día y mes, en que se está o de la que se trata, pero en años anteriores.

La efeméride es el hecho que se conmemora, que se menciona. Con esta palabra se alude también a los festejos, actos y demás que se celebran para conmemorar el o los hechos que se recuerdan con la celebración.

Las efemérides con la ese (S) es el libro, recuento o relación de los hechos notables del pasado que corresponden a una fecha determinada. Son los hechos mencionados sin necesidad de celebración.

Ha sido una constante en los diccionarios de la Academia la redacción de las acepciones de las dos palabras analizadas en esta sección. Corresponde a los hispanohablantes no confundir ambos conceptos porque no ha habido cambio alguno.

SOLIDARIO

“. . .fueron sentenciados, en la máxima instancia, a tres años de cárcel y el pago SOLIDARIO de $40 millones por injurias calumniosas a. . .”

Con esta expresión que remite a una expresión latina, que se presume que se hereda de esa lengua, se está en presencia de una figura jurídica que aparece asentada como tal en el repertorio completo de la lengua general.

En la definición que las autoridades de la lengua ofrecen para “solidario” está “in sólidum” que se refiere a una figura jurídica con respecto a las responsabilidades que alguien contrae por el pago o satisfacción en que se sitúan los acreedores o deudores con respecto de los acreedores o deudores de la obligación contraída.

El enredo no termina ahí. Ese tipo de obligación implica que cada uno de los acreedores puede reclamar por sí el pago de la totalidad del crédito, con la condición de repartir el pago en la proporción que corresponda con los demás acreedores después de haberlo recibido.

Si con la primera lectura de estas expresiones el lector común no logra aprehender el sentido de lo escrito no debe incomodarse con ello porque este tipo de redacción solo logran entenderlo los versados en lenguaje jurídico.

De parte del deudor, la obligación solidaria significa que a su vez el deudor solidario que solventa la obligación -en este caso pago por injurias calumniosas- puede volverse contra los demás deudores solidarios para que le paguen la proporción de la deuda que no le correspondía a él pagar del pago efectuado.

En resumen, en caso de pago o deuda solidarios, los acreedores pueden demandar el pago total en beneficio de uno de ellos para pagar a los demás. En la posición de los deudores, si uno de ellos paga la totalidad -como consecuencia de su obligación solidaria- cada uno de los demás deudores tiene que pagarle a su vez.

No debe olvidarse que el lingüista está recorriendo trechos escabrosos de la ciencia jurídica, por lo tanto, la versión de derecho no se ajusta necesariamente a lo que se expresa aquí.

Al final debe hacerse una advertencia. Si alguien le pide que firme una obligación solidaria, cerciórese bien de lo que hace porque esto puede terminar en un caso de falta de pago, algo que constituye una obligación onerosa para el deudor solidario. Hay un pelo más en este asunto. Los franceses distinguían entre las obligaciones solidarias y las obligaciones “in solidum”. Vaya usted a saber en qué consiste esta diferencia. Los asuntos legales son así: complicados.

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