POPE

“. . .uno de los POPES peronistas disidentes, con una intención de voto del. . .”

Para encontrarle el significado al término destacado en la oración reproducida ha tenido que hacerse una búsqueda larga. Se compartirá el hallazgo al final. Antes de eso se harán algunas consideraciones generales.


En puridad de español un pope es un sacerdote de la iglesia ortodoxa griega. Con esa acepción no se llega lejos para conferirle sentido a la oración sometida a estudio.

En algunas ocasiones se ha escuchado a los dominicanos utilizar la palabra “papa” para darle carácter de importancia a una persona. Así algunos hablantes dirán de un fulano que es “un papa en mecánica automotriz”. Con una frase como la anterior lo que se subraya son los conocimientos de la persona que se menciona en la materia que sea.

Al principio se pensó que ese era el sentido que le imprimió el redactor a la oración al  emplear la voz “pope” en este ejemplo. Sin embargo, en el párrafo general no cabía esta interpretación.

El auxilio del DRAE no fue de ayuda en este caso. El DAA tampoco rindió frutos en esta hipótesis. Hubo que recurrir a la obra de Mario E. Teruggi “Diccionario de voces lunfardas y rioplatenses”, 1998.

Este recopilador recoge para pope en sentido figurado la acepción: “jefe, capo, ideólogo”. Con esta información sí puede entenderse la oración que se extrajo de la noticia procedente de Argentina.
En este caso hay que presumir que la voz comentada es parte del acervo rioplatense y no del lunfardo porque si así fuere sería de mal gusto redactar noticias para consumo internacional con léxico lunfardo.

BURUJÓN

“Pero esas son las excepciones de una regla que durante el año superó todas las expectativas: BURUJONES de fraudes al erario ciudadano. . .”

Hay palabras que aun cuando uno no las conozca despiertan simpatías en el lector. Esta es una de ellas. Quizá el sentimiento de simpatía le llega a este término por la semejanza que tiene con otros de la misma terminación que son de uso cotidiano en el dialecto dominicano.

El asunto con este término es que el DRAE lo asienta con un valor lejos de otorgarle sentido a la oración. Ese diccionario registra como primera acepción “chichón”, es decir, bulto en la cabeza. No se deja pasar la ocasión para observar que esto de “bulto” en la cabeza para el chichón no es de la mejor redacción que los académicos pudieron haber producido. Hay que volver al burujón.

En su segunda acepción los regentes de la lengua adelantan que en Cuba burujón es: “multitud de personas o cosas aglomeradas en un lugar”. Si se acepta uno de estas acepciones se queda la oración sin significado razonable.

El DAA reproduce la primera acepción del DRAE como suya. Es más afortunado en su segunda acepción porque en esta consigna que burujón es: “abundancia de algo, en especial ramas, hojas o basuras”. Reconoce ese diccionario que la última acepción corresponde a El Salvador.

Si se prescinde de lo añadido como especial a la acepción, se puede conservar el concepto de “abundancia de algo” para admitirlo como lo que puede imprimirle sentido a la oración comentada. De esta manera termina la oración así: “abundancia de fraudes”.

*TRAMPOSEAR

Hay ocasiones en las que una persona que escribe se siente solo en su posición intelectual. La soledad que experimenta el redactor de estas reflexiones acerca de la lengua le viene por el hecho de que la voz del título no aparece en ninguno de los diccionarios del español dominicano.

Por la terminación los lectores pueden deducir que se trata de un verbo y este autor asegura que lo oyó muchas veces y tiene que confesar que la usó también. No se puede olvidar que la utilizó en sus años mozos y desde esa época hasta estos días han pasado muchos años.

El verbo “tramposear” lo usaban los dominicanos para indicar que se hacía trampa, que se recurría al engaño. Debe aceptarse como un derivado de tramposo que es la persona que hace trampas.

Ha de tenerse en cuenta que en República Dominicana existe el vocablo “tramposería” que equivale a la trampería, la acción propia de un tramposo. Hay que admitir que el español dominicano no andaba tan mal encaminado con respecto al verbo si ya se contaba con un sustantivo parecido por su formación al verbo creado.

Es posible que no haya rastro escrito de este uso porque la voz no trascendió al dominicano escrito y que ello dificulte aun más su documentación. Con estas líneas se deja constancia de la existencia del verbo para que puedan catalogarlo los estudiosos del español dominicano.

TEXTEAR

Los neologismos son necesarios cuando se amparan en una nueva circunstancia. Cuando surge un fenómeno nuevo que no tiene todavía nombre o al que no se le puede aplicar un nombre ya conocido, entonces hay necesidad de tolerar el neologismo.

El verbo “textear” sirve para nombrar una acción nueva. La acción a la que se refiere este verbo de creación reciente es a la que ejecutan las personas que poseen un teléfono móvil que es capaz de enviar mensajes de texto.

La acción es pues la que consiste en componer mensajes escritos enviados por medio de un teléfono móvil. La formación del verbo viene de la palabra texto y este a su vez del inglés “text”. Como sucede en inglés, para formar el verbo solo tuvieron que colocarle delante la partícula “to” y ya está formado el infinitivo.

En español por necesidad e imitación se procede para este verbo a añadirle una terminación de verbo a la palabra “texto” una vez que se le retira la última vocal para que termine el verbo como aparece en el título.

Cualquier solución alejada de introducir este nuevo verbo constituye un alargamiento del mensaje porque habría que echar manos de muchas palabras para expresar la acción en español. En puridad de español no se envían textos sino mensajes cortos en los cuales se simplifica con  mucha frecuencia y se usan con diligencia las abreviaturas.

En algunas ocasiones los hispanohablantes dicen o escriben “enviar mensajes de texto” para el “textear” que se dilucida aquí.

CONSPIRAR

“Las leyes federales prohíben que los funcionarios electos CONSPIREN para obstruir estatutos de juego estatales.”

Existe una diferencia muy pequeña entre el concepto de conspirar entre la lengua inglesa y la lengua española. Hay que hilar muy fino para poner en claro la diferencia entre uno y otro.

En español conspirar es cuando varias personas se unen contra su superior o su soberano o cuando lo hacen contra un particular para hacerle daño. Esto es así cuando intervienen voluntades de personas.
Hay una conspiración de cosas cuando estas contribuyen a un fin. Estas cosas pueden ser desencadenadas por la intervención de voluntades de personas o bien como resultado de circunstancias que ocurren por casualidad. Por lo general las consecuencias de lo que ocurre son malas.

En interpretación estricta, si se lee la cita de esta sección y se coteja con el verbo en español puede notarse que la acción a la que se refiere la oración está encaminada a perjudicar una ley u ordenanza, no una persona.

En inglés conspirar es actuar de concierto en un acuerdo secreto para hacer algo reñido con la moral o ilícito; o para hacer algo que se vuelve ilegal como resultado del acuerdo secreto.

Si se evalúa ahora el texto a la luz de la definición del inglés se ve con mayor claridad que de lo que se trata es de una acusación de haber acuerdo secreto concertado entre funcionarios electos para contravenir una ley estatal.

Antes de concluir esta sección hay que mencionar que en el uso de la lengua, la conspiración puede hacerse también “contra algo”, aunque las definiciones del DRAE no son claras a este respecto.

BOLITA

“The corporation fue una organización de BOLITA, una organización de números.”

De seguro que la mayoría de los lectores pueden entender lo que es la famosa “bolita”. Aún en los tiempos de la dictadura de Trujillo la bolita funcionaba de forma clandestina. Algunas personas aseguran que no era tan clandestino el funcionamiento de la bolita en esa época.

Cuando la bolita pertenecía (o pertenece) a una organización mayor no hay límite en el monto de la apuesta, así como de los números. Generalmente es una lotería clandestina que solo utiliza tres cifras que se hacen coincidir con los tres números del premio mayor de la lotería legal del gobierno o de las autoridades.

El vocablo bolita ha procreado descendencia. La persona que vende números de la bolita se llama “bolita man, bolita runner, bolitero/a”.

La bolita dominicana salió del ámbito nacional con una  derivación de su nombre e invadió otra lengua. En Haití se conoce la lotería con el nombre de “bòlèt, es una lotería de propiedad privada que usa los dos últimos números de loterías extranjeras para determinar los ganadores.

Por extensión esa voz del haitiano -bòlèt- significa también negocio loco, sinsentido, juego de azar, chiste. En su función adjetival la palabra sirve para significar algo mediocre, de segunda categoría.

RANCHERÍA

“Los habitantes de dos RANCHERÍAS dominicanas en la frontera con Haití están bajo vigilancia sanitaria tras confirmarse. . .”

Los nombres con que se conocen las concentraciones de habitantes son un problema para los hablantes. Los habitantes de una ciudad saben que pertenecen a una ciudad, los del pueblo entienden que ellos viven en un pueblo. Los “villorios”, las aldeas, los parajes, los caseríos y otros poblados de menor importancia son de difícil clasificación.

No hay una delimitación numérica que convierta un paraje en aldea, o ésta en un pueblito. Muchas veces quienes terminan imponiendo la clasificación son los habitantes mismos porque se conforman  con una denominación.

En esta sección se está en presencia de la ranchería dominicana. Con toda propiedad una ranchería dentro de un rancho -hacienda- es el conjunto de dependencias en las que viven los peones que trabajan en éste.

Un rancherío es un conjunto desordenado y pobre de viviendas precarias en las zonas rurales. Cada país usa una denominación diferente para sus concentraciones de viviendas. En algunas ocasiones una sola palabra mienta una concentración urbana en un país, al tiempo que en otro país lo hace en la zona rural.

No hay error o acierto al utilizar una palabra u otra, salvo que en la clasificación oficial del país para ésta o aquella concentración de viviendas se la reconozca como un cantón, municipio, cabecera de provincia, común cabecera, etc. y, que en consecuencia le otorgue una condición.

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