*ALGUACIL DE INCENDIOS
Esta debe ser la traducción que le encontraron al “fire marshal”. Se tradujo de esta forma de una manera literal, palabra por palabra. Esto no traduce la idea. Es cierto que en español existieron los alguaciles con otras funciones que excedían las del funcionario subalterno de los tribunales, mas eso no justifica que se pueda extender el concepto y usarlo en una designación de esta suerte.
Hace mucho tiempo que en España existió un alguacil de montería que era el encargado de disponer las telas, redes, etc. y transportarlas al lugar correspondiente. Pero eso es historia. En otros países hubo un funcionario de baja categoría que se ocupaba del asunto de la distribución de las aguas públicas en los plantíos. Eso ya casi ha caído en desuso también. Esas dos instituciones que se mencionan son las únicas dos que pueden retenerse como antecedentes del uso de la palabra con una función semejante a la que se hace para el asunto de los incendios.
Ese alguacil de aguas que se menciona en el párrafo anterior puede asimilarse al “cabo de agua” que se conoció en los plantíos de la República Dominicana. Ese funcionario de menor categoría era el encargado en el país de dirigir las aguas de irrigación. A pesar de su bajo rango podía causar incalculables trastornos a los agricultores.
Se me ocurre que en este caso puede usarse JEFE DE BOMBEROS, porque en la definición en inglés del “fire marshal”, lo definen como el funcionario encargado, en una ciudad, de la fuerza que tiene a su cargo la lucha contra los incendios, o del departamento de lucha contra incendios.
Cualquier otra palabra que no sea ALGUACIL hay que estar presto para aceptarla, mas eso de usar este vocablo por JEFE, no tiene sentido en este caso, por la naturaleza de las funciones que desempeña en los Estados Unidos este señor. Otra opción, para aproximarse a otra función es la de JEFE DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS.
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