Tocar, *extractivismo, actuar/accionar

Por Roberto E. Guzmán

TOCAR

“. . .el sentir generalizado. . . es que a la madre le TOCABAN 20 años de prisión”.

Las frases que se transcriben más arriba permitirán examinar lo que el verbo tocar significa en este contexto. Junto con este verbo se traerán otros del mismo ámbito que poseen valores especiales en el español dominicano.

La importancia que tienen los verbos que se examinarán en esta sección es que no han sido tratados o recogidos con anterioridad en los lexicones y estudios que se ocupan de las palabras que poseen acepciones particulares en el español dominicano.

En la frase en que se usa el verbo tocar, este adquiere el valor del verbo corresponder, en los casos en que el último verbo se utiliza para referirse a “la cantidad de tiempo en prisión que debe recibir cada participante o persona por su cuota de responsabilidad en el hecho delictivo”. La última parte de la acepción se aviene con la adecuación a su grado de culpabilidad.

Otro verbo que posee acepción especial en el español dominicano es el verbo echar cuando se emplea para referirse a la imposición de una sentencia que conlleva prisión cuando una persona es declarada culpable por un tribunal. Ejemplo de este uso es, “Debieron echarle 20 años de prisión”.

La historia de verbos con significados dominicanos diferentes al español común no termina ahí, pues el verbo cantar también adquiere el sentido del verbo echar cuando lo ejerce un juez respecto de la condena a reclusión que dicta contra una persona.  “El juez le cantó 20 años de cárcel”.

Otro verbo que se usa al hablar de sentencias dictadas por los tribunales es el verbo caber. En el habla de los dominicanos es posible oír que alguien dice, “Por ese homicidio le caben 30 años de prisión”. Con esto se expresa que la persona de quien se habla es pasible de recibir una condena a prisión por ese período.

No hay que criticar con vehemencia a las personas que se valen de los verbos destacados, pues son válidos en el español dominicano; sobre todo si se emplean rodeados de palabras que no dejan dudas con respecto de su significado. Debe observarse precaución cuando se habla o se escribe para un público que no es exclusivamente de dominicanos, pues se corre el riesgo de no ser comprendido.

 

*EXTRACTIVISMO

“. . .trajo la esclavitud, el colonialismo, el EXTRACTIVISMO. . .”

Algunos hispanohablantes piensan que las palabras largas significan cultura; de allí que mientras más larga sea la palabra utilizada, mayor cultura reflejará el resultado de lo dicho o escrito.

Otra tendencia que contribuye a la creación de voces como la que consta en el título, es la de valerse de ciertas terminaciones socorridas en el español derecho, tal como -ismo, para añadírsela a adjetivos que ni existen en el español común para formar así sustantivos de la clase del que se observa en el epígrafe. Lo esbozado en las oraciones anteriores se detallará más adelante.

Por la compañía en que se encuentra la voz desconocida sometida a estudio, ha de presumirse que se trata de algo que tiene que ver con la historia de países sometidos a colonización. Este *extractivismo es muy posible que tenga relación con el verbo extraer. Esa es una conjetura que se hace porque algunos países conquistados fueron despojados de sus riquezas naturales sin miramiento con respecto de la preservación de la naturaleza.

Hubo que recurrir a la lengua inglesa para encontrar un adjetivo y un sustantivo que se asemejan a la extraña voz del título, es extractive, que en esa lengua indica que “se relaciona o implica extracción: que tiende o resulta en la extracción de recursos naturales sin establecer criterios de reposición. Mediante la lectura de la acepción de la voz del inglés puede comprobarse lo bien que esta se acomoda a la explotación minera.

Hay que rogar a los manes de la lengua española para que los articulistas no obliguen a sus lectores a emprender búsquedas en diccionarios de lenguas extranjeras para entender lo que debió ser escrito en español.

 

ACTUAR – ACCIONAR

“. . .en esta patria nuestra en la que ACCIONAMOS. . .”

Los dos verbos que figuran en el título son confundidos en su empleo por algunos articulistas. La confusión se extiende al infinitivo sustantivado, pues algunas personas recurren a “accionar”, en lugar de “actuar” en las hipótesis en que el verbo no se conjuga, sino que sirve para mentar la acción. Algunos redactores piensan que el verbo accionar tiene una cobertura semántica más dilatada que actuar, pero lo contrario es lo cierto. Más abajo se repasarán las acepciones de ambos verbos.

Antes de pasar al repaso de las acepciones se hace necesario constatar que el uso en los últimos tiempos tiende a hacer del verbo accionar algo más que lo que este fue en el español tradicional. Este uso que se advierte ha dado lugar a que en algunos diccionarios modernos la redacción de las acepciones, especialmente para accionar, se hayan introducido cambios.

Tradicionalmente el verbo accionar se refería solo a poner un mecanismo en funcionamiento y a los gestos y movimientos. Así ha permanecido en el diccionario de las academias.

Al revisar la redacción del verbo accionar en el Diccionario integral del español de Argentina (2008:35) en su segunda acepción puede leerse, “Comportamiento o actuación de una persona, un grupo o una institución”.

Hace unos años que la tendencia se encamina hacia las nuevas acepciones, pues el Diccionario del español actual (1999:51) además de las acepciones tradicionales asienta lo siguiente: “Entablar una acción”. “Actuar [una persona o cosa]”. Nótese lo general que es la redacción en estas dos acepciones. Ese diccionario anota como raro, pero reconoce que accionar se usa como sinónimo de actuar.

Además de los sentidos tradicionales, el verbo actuar ha adquirido nuevas acepciones como resultado de refinamiento de algunas de las originales. Entre otras pueden mencionarse, producir efecto (influir) una persona o cosa sobre algo o alguien; esta ampliación es el resultado de las nuevas redacciones que son un reconocimiento de los usos en el habla. El diccionario oficial de la lengua reconoce que actuar vale para “poner en acción”. Los términos usados en esta acepción podrían dejar fuera el verbo accionar con respecto a “poner en funcionamiento”.

Con respecto a los dos verbos del título hay que retener la propensión que se advierte. Según parece existe inclinación a que ambos verbos arropen varias de las acepciones que fueron privativas de uno u otro.

En la utilización de uno u otro verbo de los dos estudiados aquí, lo más sano es mantenerse con apego a lo tradicional para no incurrir en exageración alguna y así no caer en un uso que contravenga el sentido esencial de ambos.

© 2019, Roberto E. Guzmán

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