REPOSESIONAR – REPONER – REPOSICIONAR – LEGULEYO – DAR POR TIERRA

“Hay personas que, de nacimiento, tienen la mandíbula muy grande o el maxilar superior muy pequeño, entonces hay que cortar y REPOSESIONAR”.

Es oportuno proceder por el orden que tienen las palabras en el título. Reposesionar es extraño a la lengua. Sólo cabría imaginarlo en el caso en que alguien es expulsado de su posesión, de la detentación o disfrute de algo que posee, y la autoridad lo sitúa de nuevo en posesión. Entonces, y sólo entonces, podría aceptarse este compuesto, RE-posesionar.
La expresión que existe en español es “tomar posesión”, para indicar que alguien “asume una función”, lo que es igual que asumir las responsabilidades de ese empleo. El verbo “posesionar”, según la autoridad madrileña de la lengua es “poner en posesión de una cosa”; añade la Academia que también se le usa como pronominal.

Con respecto al vocablo “reponer”, ése sí figura en la lista autorizada de la Academia. La primera acepción es “volver a poner, constituir, colocar a una persona o cosa en el empleo, lugar o estado que antes tenía”. Con este verbo las cosas andan mejor porque permite que se aplique a personas o cosas.

Con respecto al verbo “reposicionar” hay que reconocerlo como la repetición de “posicionar”, o el verbo correspondiente a la “acción y efecto de posicionar de nuevo”. El último aunque no consta en el catálogo oficial de la lengua está formado de acuerdo con los cánones de la lengua.

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