Un adjetivo redundante

Un lector corrige, y hace bien, porque tiene razón, la aplicación del adjetivo público al sustantivo funcionario. Acudamos a los diccionarios, en este caso, a los académicos. Se trata, sin lugar a dudas, de un uso redundante puesto que este sustantivo lleva ya en sus distintas acepciones el rasgo de significado del adjetivo público, ‘perteneciente o relativo al Estado’.
Es muy importante saber que al vocablo funcionario se le conocen dos acepciones principales. La primera, más cercana al uso actual de España, por la que se lo define como la ‘persona que desempeña profesionalmente un empleo público’. Así nació este sustantivo, una de cuyas primeras dataciones en español es un texto de Simón Bolívar en 1828, y así designa hoy a los empleados del Estado que, tras un proceso selectivo, adquieren esta condición de manera indefinida, independientemente de la orientación política de los que ocupen los puestos de poder. La segunda acepción, nacida y utilizada en muchos países de la América de habla española, entre ellos el nuestro, se asimila a lo que conocemos como cargo público, un puesto que se desempeña en una administración pública no profesionalmente sino con carácter electivo o de confianza.

El sustantivo funcionario deriva del verbo funcionar ‘dicho de una persona, ejecutar las funciones que le son propias’. Hasta aquí el análisis filológico de la palabra. Otra cosa muy distinta, que no tiene nada que ver con la lingüística o con los diccionarios, es que nuestros funcionarios se parezcan en poco o en mucho a personas que funcionan o que las funciones que ejercen sean las consideradas propias de un empleado del Estado. Eso se lo dejo a ustedes.

Envíe sus comentarios y/o preguntas a la Academia Dominicana de la Lengua en esta dirección: consultas@academia.org.do

© 2011 María José Rincón

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