El abogado dominicano y el idioma español
Para comprobar lo dicho bastaría con hojear la Ley No. 392-07 sobre Competividad e Innovación Industrial, promulgada en diciembre de 2007. Sólo en el Capítulo I del Título III de la Ley, comprendido en menos de tres páginas, se colaron cinco “a los fines de”, otros tres cacofónicos “tales fines” y como sazón, varias faltas de concordancia, omisiones de palabras y signos de puntuación.
La situación, sin embargo, no es totalmente desconsoladora. Hay muchos abogados en ejercicio, viejos y jóvenes, de verbo correcto, elegante y persuasivo, que bien podrían valer de ejemplo para rectificar las fallas de sus colegas menos dotados. A éstos sólo habría que persuadirlos a que lean y escuchen a aquéllos, agregando a la receta el estudio asiduo de las fuentes de consulta del idioma y la práctica constante, ya que es algo requetesabido que a escribir y a hablar bien se aprende escribiendo y hablando, mucho y a diario.
1«Al redactar la Cartuja [de Parma], para tomar el tono, cada mañana leía dos o tres páginas del Código Civil, a fin de ser siempre natural».
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